El mercado inmobiliario empieza a moverse tras la crisis y bajada de precios sufrida durante los últimos años. Son muchos los madrileños que están pensando en vender su inmueble pero surgen diversas dudas sobre los trámites para vender un piso en Madrid.
Una vez que tengas comprador, es importante que firmes con él un contrato de arras, con una señal del 10% del valor del piso como mínimo, con el fin de que en caso de que el comprador se echase para atrás, éste perdería el importe entregado hasta ese momento.
Si el comprador va a solicitar financiación, deberás entregarle una fotocopia de la escritura del inmueble para que pueda negociar la hipoteca con su banco. Si la vivienda que vas a vender tiene hipoteca, sería importante que hablaras con tu banco para ver si existe la posibilidad de que el comprador se subrogue a tu hipoteca.
Entre los documentos que deberás entregar al futuro comprador se encuentran:
- Deberás entregar un certificado de la comunidad de propietarios –en el caso de que lo haya-, que certifica que estás al corriente de pago de todas las cuotas ordinarias y extraordinarias. Esto sólo podrás solicitarlo cuando tengas cerrado el día de firma, ya que se debe entregar en esa fecha.
- Deberás entregar el último recibo de la contribución Urbana del Ayuntamiento así como el justificante de haberlo abonado (IBI)
- También, las últimas facturas de suministro que avalen que estás al corriente de los pago
- El certificado de eficiencia energética de la vivienda con su etiqueta
- Una vez seas conocedor del día en que se producirá la firma de la escritura, tendrás que entregarle a tu comprador o a su banco (si difiere del tuyo) un certificado de capital pendiente a 3 días vistas de la firma de la hipoteca que exista sobre la vivienda.
Tiempos y Notaría
Debes tener en cuenta que el banco de tu comprador te retendrá el importe que debas de tu hipoteca y una provisión de fondos para levantarla del registro de la propiedad. Esta gestión que tarda aproximadamente 3 meses puede alargarse en la liquidación hasta los 5 o 6 meses.
Con respecto al pago en la notaría deberás cerciorarte de que todas las cantidades que te entregan sean en cheque bancario o conformado.
Una vez firmada la compraventa del piso, el notario te entregará una copia simple de la compraventa para que puedas realizar la liquidación y el pago de la plusvalía al Ayuntamiento de la Comunidad de Madrid en el plazo máximo de un mes, que será calculada en función de los años en que hayas sido propietario y del valor catastral del suelo.